Busca, compara y si encuentras algo mejor: cómpraloPublicado por Fernando Bueno el 4 julio, 2007 |
La frase con la que titulo mi post de hoy es una de esas máximas que deben regir la vida de todo consumidor, ya sea dentro del campo la adquisición de bienes tangibles como virtuales. Esto viene a colación de un post que leo en wwwhat’s new en el que su autor cuenta cómo la empresa de hosting en la que tiene alojadas sus páginas le ha perdido los derechos de un dominio. Esta situación se ha producido porque esta empresa ha registrado el nombre del dominio días más tarde de que su propietario diera la orden del registro y, entre tanto, otra persona ha hecho efectivo el registro a su nombre.
Esta es una práctica habitual en muchas empresas de hosting que lamentablemente debemos sufrir quienes registramos dominios para nosotros o nuestros clientes. Junto a esta práctica, hay otras también habituales, como la de registrar a nombre de la empresa de hosting y no a nombre del cliente o la de no avisar de la proximidad de la caducidad de un dominio y en cuanto caduca registrarlo a nombre de otra persona o montones de usurpaciones de identidad o estafas similares; aunque la más habitual sea la de registrar los dominios que son objeto de consulta para saber si están libres o no.
En muchas ocasiones es difícil demostrar la propiedad de un dominio y más cuando no corresponde al anagrama de una empresa previamente registrada en otro registro. Si por una de esas casualidades que ocurren en la vida, el dominio ibm.com quedara libre, yo me entero y lo registro a mi nombre; difícilmente podría permanecesr en mi propiedad, ya que las leyes al respecto siempre darían la propiedad a la empresa IBM, ya que ellos podrían demostrar que el nombre del dominio coincide con su nombre de empresa, pero ¿qué sucede si el registro es todomentira.com? (como es el caso que se comenta en wwwhat’s new). En este caso, el propietario intelectual del dominio, difícilmente puede demostrar ante un juzgado la propiedad administrativa del dominio si alguien lo registra antes, ya sea por error o negligencia de la empresa de hosting.
De todo esto se deduce, que si vas a registrar un dominio, nunca dejes que lo haga alguien que no sea un registrador reconocido y si puedes ser tú mismo, mejor. También es aconsejable registrar el dominio en una empresa registradora y alquilar el hosting en una empresa especializada en alojamiento, pero que ambas no tengan nada que ver la una con la otra. De esta forma, tú mantienes el control en todo momento sobre el dominio y sobre los contenidos y en caso de que desees cambiar de empresa de hosting, podrás hacerlo con suma facilidad con sólo cambiar las DNS en tu panel de control del dominio.
Pero es más. Al igual que las empresas de telefonía retienen tu línea ADSL cuando quieres darte de baja o cambiarte a otra, algunas empresas de hosting retienen tu dominio impidiendo su traslado a otra empresa. Nuevamente, esta práctica tan habitual, se evita siguiendo a rajatabla las pautas que he comentado anteriormente, ya que de esa forma, el control sobre tus propiedades siempre lo tienes tú.








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